Nuestras rentas están a salvo de los vaivenes del mercado. En otras palabras, la renta no depende de la evolución de los mercados bursátiles, ni de los bonos, ni de los fondos de inversión, etc. Su import lo garantiza GENERALI Seguros año tras año.
Estos seguros cuentas con un tratamiento fiscal francamente favorable, para que cobres más renta y pagues menos impuestos. Y a mayor edad en el momento de contratar la renta, menor será la tributación.
GENERALI Renta Temporal
Una renta temporal supone la percepción de una cantidad periódica de dinero mientras sigas viviendo y hasta la fecha de vencimiento del contrato.
GENERALI Renta Temporal te ofrece dos modalidades, para que puedas elegir la que mejor se adapta a lo que necesitas:
- GENERALI Renta Temporal PNC: La renta se paga, siempre que no haya superado la fecha límite de pago. En caso de fallecimiento se abona un capital igual a la diferencia entre la inversión inicial realizada y la suma de las rentas que han sido abonadas. Si la suma de rentas fuese superior a la prima pagada, no corresponde el pago de ese capital. Si necesitas rescatar tu dinero, el eventual valor del rescate será a precio de mercado, y no podrá ser superior al importe del capital para casos de fallecimiento de asegurados en el momento del recate. Al vencimiento del contrato el valor del rescate será cero.
- GENERALI Renta Temporal de Supervivencia: El importe de la renta puede ser constante o creciente. La renta se paga hasta el fallecimiento del último asegurado, siempre que no haya superado la fecha límite de pago. Esta modalidad no prevee derecho de rescate ni capital en caso de fallecimiento.
GENERALI Renta Vitalicia
Una renta vitalicia supone la percepción de una cantidad periódica de dinero durante toda la vida. Esta renta se constituye mediante una inversión que se realiza en forma de pago único en el momento de formalizarse el contrato de renta.
GENERALI Renta Vitalicia te ofrece tres opciones distintas para que puedas elegir la que mejor se adapta a lo que necesitas:
- GENERALI Renta Vitalicia 100%: Se establecen determinados periodos de vinculación de inversiones (5,10 o 15 años) en los que la renta es constante y en todo caso superior a la renta mínima garantizada. Cuando finaliza el periodo de vinculación se acuerda un nuevo importe de renta por un nuevo periodo. La renta se paga hasta el fallecimiento del último asegurado y en ese momento se abona al beneficiario un capital como mínimo igual al 100% de la inversión inicial que realizaste. Si necesitas rescatar tu dinero, el eventual valor del rescate será a precio del mercado, salvo al final de cada periodo de vinculación de la inversión en que coincidirá con la inversión realizada.
- GENERALI Renta Vitalicia PNC (Prima No Consumida): La renta se paga hasta el fallecimiento del último asegurado. En ese momento se abona un capital igual a la diferencia entre la inversión inicial realizada y la suma de las rentas que ya han sido abonadas. Si la suma de rentas abonadas fuese superior a la prima pagada, no corresponde el pago de ese capital. Si necesitas rescatar tu dinero, el eventual valor de rescate será a precio de mercado y no podrá ser superior al importe del capital para caso de fallecimiento asegurado en el momento del rescate.
- GENERALI Renta Vitalicia Pura: El importe de la renta puede ser constante o creciente. La renta se paga hasta el fallecimiento del último asegurado. Esta modalidad no prevé derecho de rescate ni capital en caso de fallecimiento.
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